Para saber cuántas semanas has cotizado a pensión en Colombia, pide tu historia laboral gratis en Colpensiones o en tu fondo privado (Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia), según donde estés afiliado. Importa porque ese número, junto con tu edad, decide si te puedes pensionar y cuándo, y porque la reforma pensional ya fue avalada por la Corte Constitucional y cambiará las reglas desde abril de 2027.
Cómo consultar tus semanas
Primero identifica en qué régimen estás. Si cotizas en Colpensiones, entra a su página oficial o a uno de sus puntos de atención y pide tu reporte de semanas cotizadas. Si estás en un fondo privado, tu administradora te muestra las semanas en el extracto o en su portal.
Revisa el reporte con calma: periodos, empleadores y semanas por cada uno. Si trabajaste y un periodo no aparece, probablemente tu empleador no pagó o pagó mal los aportes, y eso se puede reclamar.
Qué se exige hoy
Hasta que la reforma entre en vigencia, siguen las reglas de la Ley 100 de 1993, modificada por la Ley 797 de 2003:
- En Colpensiones: 1.300 semanas y tener 62 años (hombres) o 57 años (mujeres).
- En un fondo privado: se pensiona quien junta el capital suficiente para una pensión de al menos un salario mínimo, o quien llega a la edad con 1.150 semanas y accede a la garantía de pensión mínima.
Un ejemplo ilustrativo: si has trabajado 20 años con aportes todos los meses, acumulas cerca de 1.040 semanas (20 años por 52 semanas). A un hombre le faltarían unas 260 semanas, es decir, unos cinco años más de aportes continuos.
Lo que cambia con la reforma pensional
La Corte Constitucional, en la Sentencia C-264 de 2026 (25 de agosto de 2026), declaró exequibles las disposiciones de la Ley 2381 de 2024 que se aprobaron válidamente, devolvió otras a la Cámara de Representantes para que corrija el trámite, y dispuso que las normas exequibles entren en vigencia el 1 de abril de 2027. Hasta entonces siguen las reglas actuales.
Según el texto de la ley, estos son los puntos que más pesan para quien revisa sus semanas:
- La edad no cambia: 57 años las mujeres y 62 los hombres.
- Los hombres seguirían necesitando 1.300 semanas. Para las mujeres, el mínimo baja 25 semanas por año desde 2025 hasta llegar a 1.000 en 2036.
- Los aportes sobre ingresos entre 1 y 2,3 salarios mínimos irían al componente de prima media (Colpensiones), y la parte que supere 2,3 salarios mínimos, hasta 25, iría al ahorro individual.
- Régimen de transición: según Colpensiones, quedan en él las mujeres con 750 semanas o más y los hombres con 900 semanas o más, y a ellos se les siguen aplicando las reglas de la Ley 100 de 1993.
Como la Corte devolvió algunos artículos al Congreso, el contenido final de esas partes puede variar. Revisa los comunicados de Colpensiones y del Ministerio del Trabajo.
¿Y el traslado de régimen?
La oportunidad especial de traslado entre Colpensiones y los fondos privados estaba abierta para quienes estuvieran a menos de diez años de la edad de pensión y tuvieran al menos 750 semanas (mujeres) o 900 (hombres) a 30 de junio de 2025. Esa oportunidad venció a mediados de julio de 2026, según Asofondos. Si no la usaste, las reglas generales de traslado dependen de tu caso; pide la asesoría en tu administradora.
Qué hacer si ves semanas faltantes
- Identifica el periodo exacto y el empleador.
- Reúne soportes: contrato, certificados laborales, colillas de pago o planillas.
- Pide a tu empleador que regularice el pago. Si no responde, la administradora puede cobrar los aportes en mora.
- Presenta la solicitud de corrección de historia laboral ante la administradora y guarda el radicado.
- Si no te responden o la respuesta no te convence, puedes presentar un derecho de petición o una queja ante la Superintendencia Financiera, que supervisa a los fondos de pensiones.
Si no alcanzas las semanas
Quien llega a la edad sin completar el requisito tiene alternativas que dependen de su régimen, como la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos, o seguir cotizando para completar las semanas. Pregunta en tu administradora cuál aplica en tu caso. Lo importante es no esperar al final: revisar tu historia laboral cada uno o dos años te da tiempo de corregir errores mientras todavía es fácil ubicar al empleador y los soportes.
Este contenido es informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado pensional o de tu administradora para tu caso particular. Fuentes: Sentencia C-264 de 2026 de la Corte Constitucional, Ley 2381 de 2024 y Colpensiones.